Post publicado el 25 de mayo en www.desdelverdun.org
Cuestión de diccionario
Es difícil obedecer. ¡Las veces que en las clases de Idioma Español, en el liceo, me repitieron: “use el diccionario”! Más tarde, en la universidad, el eco de esa advertencia llegaba aún con mayor fuerza: “¡el diccionario es una herramienta de trabajo!”… Pero cuesta hacer caso.Hace unos días, mientras pensaba cómo explicar mejor –pinche aquí y verá que ya lo expliqué- por qué voy a votar el 23 de junio, recordé el antiguo consejo, consulté el diccionario… y encontré lo que buscaba.Copio dos definiciones. Plebiscito: Consulta que los poderes públicos someten al voto popular directo para que apruebe o rechace una determinada propuesta sobre soberanía, ciudadanía, poderes excepcionales, etc.Referéndum: Procedimiento jurídico por el que se someten al voto popular leyes o actos administrativos cuya ratificación por el pueblo se propone.De la lectura de ambos textos se desprende:1) que las materias que pueden ser objeto de un plebiscito son las ahí referidas; los derechos humanos, en cambio, nunca se pueden someter a plebiscito porque son derechos del ciudadano, anteriores al Estado;2) el referéndum, a su vez, es un procedimiento previsto en la Constitución para que el pueblo refrende, o no, una ley que está en vigor.Si esto queda claro, pienso que se entiende bien qué es lo que pretende la votación del próximo 23 de junio: afirmar mediante el voto directo si queremos que se refrende la ley que promueve el aborto. Si el 25% de los ciudadanos con derecho a voto se expresa por la afirmativa, entonces se convocará el referéndum por el cual podremos derogar directamente esa ley que, en lugar de dar soluciones a las mujeres, las empuja al crimen del aborto.El diccionario, una vez más…