El Obispo de Minas, Mons. Jaime Fuentes, hizo algunas precisiones respecto a las expresiones del Papa Francisco en torno a la excomunión de los divorciados y vueltos a casar, reflejadas en los medios de comunicación con titulares que generaron desconcierto.
En su blog www.desdelverdun.org , el Obispo aclara que no es lo mismo excomunión que “no poder comulgar”. Explica, en este sentido, que “la excomunión es la pena más severa que impone la Iglesia a pecados especialmente graves y lleva consigo la exclusión de la comunión con la Iglesia, la prohibición de recibir los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos. No es el caso, como explicaba Francisco, de las personas divorciadas y vueltas a casar, que siguen unidas a la Iglesia aunque no puedan comulgar la Eucaristía, tema sobre el cual el Papa no habló”.
PAPA FRANCISCO, EXCOMUNIÓN Y DIVORCIO
Algunas personas, desconcertadas por ciertos titulares de prensa, me han preguntado sobre lo que dijo el Papa en la Audiencia del miércoles pasado, acerca de los divorciados y vueltos a casar. Reproduzco sus palabras textuales:
Queridos hermanos y hermanas:
Retomando las reflexiones sobre la familia, deseo referirme hoy a la situación de los que tras la ruptura de su vinculo matrimonial han establecido una nueva convivencia, y a la atención pastoral que merecen.
La Iglesia sabe bien que tal situación contradice el sacramento cristiano, pero con corazón de madre busca el bien y la salvación de todos, sin excluir a nadie. Animada por el Espíritu Santo y por amor a la verdad, siente el deber de «discernir bien las situaciones», diferenciando entre quienes han sufrido la separación y quienes la han provocado.
Si se mira la nueva unión desde los hijos pequeños vemos la urgencia de una acogida real hacia las personas que viven tal situación. ¿Cómo podemos pedirle a estos padres educar a los hijos en la vida cristiana si están alejados de la vida de la comunidad? Es necesario una fraterna y atenta acogida, en el amor y en la verdad, hacia estas personas que en efecto no están excomulgadas, como algunos piensan: ellas forman parte siempre de la Iglesia.
«No tenemos recetas sencillas», pero es preciso manifestar la disponibilidad de la comunidad y animarlos a vivir cada vez más su pertenencia a Cristo y a la Iglesia con la oración, la escucha de la Palabra de Dios, la participación en la liturgia, la educación cristiana de los hijos, la caridad, el servicio a los pobres y el compromiso por la justicia y la paz. La Iglesia no tiene las puertas cerradas a nadie.
La causa de la perplejidad de algunos, más allá de los titulares de prensa, se encuentra en el malentendido de que los divorciados que se vuelven a casar incurren en la pena de excomunión, que es distinto de “no poder comulgar”.
La excomunión es la pena más severa que impone la Iglesia a pecados especialmente graves y lleva consigo la exclusión de la comunión con la Iglesia, la prohibición de recibir los sacramentos y el ejercicio de ciertos actos eclesiásticos. No es el caso, como explicaba Francisco, de las personas divorciadas y vueltas a casar, que siguen unidas a la Iglesia aunque no puedan comulgar la Eucaristía, tema sobre el cual el Papa no habló.
¿Qué dice la Iglesia sobre el divorcio? En el Catecismo de la Iglesia Católica se lee:
2382 El Señor Jesús insiste en la intención original del Creador que quería un matrimonio indisoluble (cf Mt 5, 31-32; 19, 3-9; Mc 10, 9; Lc 16, 18; 1 Co 7, 10-11), y deroga la tolerancia que se había introducido en la ley antigua (cf Mt 19, 7-9).
2384 El divorcio es una ofensa grave a la ley natural. Pretende romper el contrato, aceptado libremente por los esposos, de vivir juntos hasta la muerte. El divorcio atenta contra la Alianza de salvación de la cual el matrimonio sacramental es un signo. El hecho de contraer una nueva unión, aunque reconocida por la ley civil, aumenta la gravedad de la ruptura: el cónyuge casado de nuevo se halla entonces en situación de adulterio público y permanente.
2385 El divorcio adquiere también su carácter inmoral a causa del desorden que introduce en la célula familiar y en la sociedad. Este desorden entraña daños graves: para el cónyuge, que se ve abandonado; para los hijos, traumatizados por la separación de los padres, y a menudo viviendo en tensión a causa de sus padres; por su efecto contagioso, que hace de él una verdadera plaga social.
2386 Puede ocurrir que uno de los cónyuges sea la víctima inocente del divorcio dictado en conformidad con la ley civil; entonces no contradice el precepto moral. Existe una diferencia considerable entre el cónyuge que se ha esforzado con sinceridad por ser fiel al sacramento del Matrimonio y se ve injustamente abandonado y el que, por una falta grave de su parte, destruye un matrimonio canónicamente válido.