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Cuidados paliativos crecen pero no se utiliza voluntad anticipada

By 05/10/2016No Comments

180.COM.UY |

Los cuidados paliativos están incluidos y garantizados de forma obligatoria en la ley de voluntad anticipada. Sin embargo, no se han aplicado formalmente porque ha sido muy difícil encontrar casos de pacientes que se acogieran a la ley.

Los cuidados paliativos se duplicaron a pesar de que no prosperó la idea de hacer obligatorio el servicio que atiende a personas con enfermedades terminales que no tienen cura.

Estos tratamientos también están incluidos y garantizados de forma obligatoria en la ley de voluntad anticipada para aquellos pacientes que manifiestan su deseo de no recibir tratamientos en una etapa terminal de su enfermedad.

Sin embargo, la responsable del Plan Nacional de Cuidados Paliativos, Gabriela Piriz, dijo que no han aplicado cuidados paliativos amparados en esta ley porque ha sido muy difícil encontrar casos de voluntad anticipada.

“Yo trabajo en la parte asistencial en varios lugares y no hemos visto mayores problemas con la aplicación de la ley porque no hemos visto gente que haya expresado sus voluntades, no nos ha tocado. Todos los que trabajamos en cuidados paliativos siempre respetamos el derecho a decidir, que implícitamente es como aplicar la ley, pero esto es
formalmente. Nosotros hemos visto miles de pacientes en este periodo y no encontramos un caso”, explicó a 180.

Piriz dijo que esta es una buena ley en su espíritu, que refuerza el derecho de los usuarios para que puedan expresar estando en estado de salud que no se haga obstinación terapéutica con ellos.

Esto quiere decir que no se le apliquen medidas invasivas que no tengan un resultado positivo demostrado. Pero la ley tiene algunas dificultades que se vieron cuando se hizo la reglamentación.

“Tengo la sensación de que no mucha gente está informada de esta ley y no muchos han expresado su voluntad anticipada. Tenemos que trabajar en difundirlo y garantizar el derecho. Hay un trámite un poco engorroso, que tiene un espíritu para que se cumplan los procesos y nadie pueda venir a decir lo que esa persona querría hacer, pero que
en algunos momentos es muy complejo”, señaló Piriz, que además agregó que hay artículos que sería interesante repensar.

Piriz cree que esto tiene su fundamento en que la ley de Voluntad Anticipada fue hecha en un momento en que no estaban desarrollados de manera institucional los cuidados paliativos en el país. La ley es de 2008 y la unidad de cuidados paliativos en el MSP está desde 2013.

“Sí había experiencias aisladas en cuidados paliativos que se hicieron desde el 80, pero no como política de salud”, expresó. Una de las condiciones que establece la ley es que el diagnóstico de etapa terminal de la enfermedad debe ser refrendado por otro médico que no sea de la institución.

Por ejemplo, en el caso de los usuarios de ASSE esto es muy difícil de lograr porque deberían pagarse un profesional de manera particular. “Tendría que venir un médico externo a refrendar el diagnóstico, eso es difícil de hacer. El diagnostico en la etapa final esta protocolizado bastante claro, no genera dudas. Eso se hizo con un espíritu defensivo y el tramite se vuelve engorroso. Pero no es lo lógico”, sostuvo.